Reducción de capital con el fin de incrementar la reserva legal versus regla de absorción material de pérdidas
La reducción de capital para incrementar la reserva legal es una estrategia contable utilizada por empresas para ajustar su patrimonio neto mientras se cumple con los requisitos legales. Este proceso también está vinculado a la absorción material de pérdidas, un mecanismo importante para mantener la estabilidad financiera de la sociedad. En este artículo te explicamos cómo aplicar una reducción de capital para incrementar la reserva legal de manera efectiva:
La sociedad CAMPASPERO, SA presenta las siguientes cuentas en la composición del patrimonio neto a 31 de diciembre de 20X5:
Conceptos Importe Capital Social (45.000 acciones) 450.000 Prima de emisión 2.000 Reserva Legal 10.000 Reservas Voluntarias 3.000 RNEA -15.000 Operaciones de cobertura -1.000 TOTAL 449.000
El capital social está constituido por dos series de acciones:Serie A 45.000 acciones ordinarias de 10 € de valor nominalSerie B 5.000 acciones rescatables de 10 € de valor nominal consideradas en su totalidad pasivos financieros.La sociedad decide reducir su capital con la finalidad de incrementar la reserva legal en la cuantía máxima que permite la ley, incurriendo en unos gastos de 850 €
Cuantía máxima
El artículo 328 del TRLSC señala que a la reducción del capital para la constitución o el incremento de la reserva legal será de aplicación lo establecido en los artículos 322 a 326.Antes de reducir capital con abono a reserva legal en virtud de lo dispuesto en el artículo 322 del TRLSC se incrementará la reserva legal con cargo a reservas disponiblesLas reservas disponibles teniendo en cuenta la regla de absorción material de pérdidas señalada en el artículo 3.5 de la RICAC de 05-03-2019 y aclarada en su preámbulo serán las netas o efectivas, es decir, las que queden después de destinarlas a la absorción de pérdidasEn el caso enunciado al existir unas pérdidas de 15.000 € tanto la prima de emisión como las reservas voluntarias netas o efectivas son cero
Prima de emisión = 2.000 - 2.000 = 0
Reservas voluntarias = 3.000 – 3.000 = 0
Los RNEA pendientes de ser compensados materialmente serían, tras la utilización de las reservas disponibles, de 10.000 € que serán cubiertos con la reserva legal de conformidad con la regla de absorción material de pérdidas, por tanto la reserva legal neta o efectiva sería de cero
Reserva legal neta o efectiva = 10.000 – 10.000 = 0
Por consiguiente:
Y € Capital social mercantil Reserva legal X €
La reserva legal neta o efectiva no podrá superar en virtud del artículo 322 del TRLSC el 10% del capital mercantil una vez reducido
Sistema de ecuaciones
0 + x = 10% (500.000 – y)
x = y
x = y = 45.454,55
La reducción de capital deberá realizarse de forma proporcional al nominal de cada serie de accionesSerie A = 45.454,55 x 450.000/500.000 = 40.909,10Serie B = 45.454,55 x 50.000/500.000 = 4.545,45
Anotación contable
40.909,10 € 100.Capital Social 112. Reserva legal 45.454,55 € 4.545,45 € 150. Acciones a largo plazo consideradas pasivos financieros (Acciones rescatables)
Los gastos de la operación de conformidad con el artículo 6.2 de la RICAC 05-03-2019 se registran con cargo a gastos en pérdidas y ganancias al no variar el valor final de los fondos propios
850,00 € 629. Otros servicios 572. Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 850,00 €
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